Registro legal

Asesoramos y/o realizamos las gestiones encaminadas a obtener cobertura legal para el libro que se va a publicar.

Existen tres conceptos básicos:

  • Propiedad Intelectual: al protegerse la obra por el sólo hecho de su creación, la inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual es voluntaria. Es conveniente, sin embargo, indicar la reserva de derechos y el símbolo ©. La inscripción en Registro proporciona una prueba cualificada de que los derechos inscritos existen y pertenecen a su titular, salvo que se demuestre lo contrario. Se debe presentar una solicitud ante el Registro de la Propiedad Intelectual y pagar una tasa.
  • Depósito Legal: es la obligación, impuesta por ley u otro tipo de norma administrativa, de depositar para una o más bibliotecas ejemplares de las publicaciones editadas en un país. Su objetivo es recopilar el patrimonio cultural e intelectual con el fin de ponerlo a disposición de la ciudadanía, garantizando así la conservación de toda la producción editorial.
  • ISBN: el International Standard Book Number (en español: Número Estándar Internacional de Libros) es un identificador único​ para libros, previsto para uso comercial. Hasta 2007, constaba de diez dígitos –identifican cada libro, al registrar el título, edición, editor, tirada, extensión, materia, país, lengua original, etc.– divididos en cuatro partes: el código de país o lengua de origen, el editor, el número del artículo y un dígito de control. El ISBN de trece dígitos pone a la par el sistema del ISBN con el sistema de códigos de barras EAN. Los ISBN existentes antes de 2007 se prefijan con «978».